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El Parlamento Andino

El Parlamento Andino es el órgano deliberante del Sistema Andino de Integración. Su naturaleza es comunitaria, representa a los pueblos de la Comunidad Andina y está constituido por representantes elegidos por sufragio universal y directo. Fue creado el 25 de octubre de 1979. Cuenta con personería jurídica internacional y capacidad de ejercicio de la misma, de conformidad al ordenamiento jurídico supranacional que lo rige.

Está constituido por parlamentarios andinos del Estado Plurinacional de Bolivia, la Republica de Chile, la República de Colombia, la República del Ecuador y la República del Perú.

Cuenta también con tres miembros observadores: el Reino de Marruecos, la República de Turquía y el Reino de España.

Se rige de conformidad a las siguientes normas:

El acuerdo de Cartagena

El Acuerdo de Cartagena se firmó el 26 de mayo de 1969.

Tratado Constitutivo

El Tratado Constitutivo del Parlamento Andino fue suscrito el 25 de octubre de 1979, protocolos adicionales o modificatorios.

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Decisiones

Decisiones del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores y de la Comisión de la Comunidad Andina.

Reglamento General

El Reglamento General del Parlamento Andino fue aprobado 21 de julio de 2015 y modificado el 25 de octubre de 2018..

Instrumentos de Pronunciamiento

Los Instrumentos de Pronunciamiento son publicados en la Gaceta Oficial

Principios de gestión institucional

El principio rector de la gestión institucional es el de contribuir a la consolidación de la integración subregional andina, y al fomento del desarrollo e integración de la comunidad latinoamericana.

Las acciones y pronunciamientos del Parlamento Andino se rigen conforme a los principios de democracia, garantía de derechos, interculturalidad y complementariedad con otros procesos de integración.

Video institucional